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Legislación › Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Disposición adicional décima tercera. Interés legal del dinero.

Disposición adicional décima tercera. Interés legal del dinero.

Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 4 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2012.

Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será del 5 por ciento.

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