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Legislación › Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Disposición transitoria tercera. Contratación de inversiones por parte de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.

Disposición transitoria tercera. Contratación de inversiones por parte de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.

Las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles estatales a que se refiere la disposición adicional cuadragésima primera que a 30 de junio de 2012 excedan los límites fijados en la citada disposición someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, antes del 30 de septiembre de 2012, de una propuesta de reestructuración que permita el diferimiento de los límites contraídos.

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