Legislación › Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
Disposición adicional única. Aplicación de los estatutos sociales.
Disposición adicional única. Aplicación de los estatutos sociales.
El contenido de los estatutos de las sociedades cooperativas andaluzas, cualquiera que sea su clase o fecha de constitución, no podrá ser aplicado en contradicción con lo dispuesto en la presente ley y su desarrollo reglamentario, reputándose carente de valor y efectos en cuanto se oponga a sus normas imperativas o prohibitivas.


