Legislación › Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los órganos que se modifican.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los órganos que se modifican.
Hasta tanto se dicten las disposiciones reglamentarias correspondientes de los órganos cuya composición se modifica en la presenta ley, conservan su vigencia las normas de organización y funcionamiento de los mismos, siempre que no se opongan o resulten incompatibles con lo previsto en esta ley.
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