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Legislación › Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva.

Artículo 130. Reutilización de activos custodiados.

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Artículo 130. Acción Reutilización de responsabilidad. activos custodiados.
La responsabilidad del 1. Para el caso de las IIC autorizadas conforme a la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009, los activos que el depositario podrá tenga en custodia no podrán ser reclamada utilizados por cuenta propia por el depositario ni por ningún tercero en el que se haya delegado la función de custodia. La reutilización incluye toda operación con activos en custodia, incluidas la transferencia, la pignoración, la venta o el préstamo, sin excluir otros tipos de transacción.
Únicamente se permitirá la reutilización de
los partícipes bien activos que el depositario tenga en custodia cuando:
a) La reutilización
de forma directa, bien indirectamente a través los activos se ejecute por cuenta de la IIC.
b) El depositario ejecute las instrucciones de la
sociedad gestora. No obstante, esta no estará obligada de gestión por cuenta de la IIC.
c) La reutilización se haga en beneficio de la IIC y en interés de los partícipes.
d) La transacción esté cubierta por garantías de alta calidad y liquidez recibidas por la IIC en virtud de un acuerdo de transferencia con cambio de titularidad.
El valor de mercado de la garantía debe ascender, en todo momento y como mínimo, al valor de mercado de los activos reutilizados más una prima.
2. Para las IIC distintas
a hacer tal reclamación sino cuando lo soliciten partícipes las autorizadas conforme a la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009, los activos que representen, al menos, el 10% del patrimonio. depositario tenga en custodia no podrán ser utilizados por cuenta propia por el depositario ni por ningún tercero en el que se haya delegado la función de custodia, sin el previo consentimiento de la IIC o de la sociedad gestora cuando actúe por cuenta de la IIC.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de febrero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1454 Leer Qué cambió
21 de julio de 2012 Texto original Leer

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