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Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva.
En vigor Ministerio de Economía y Competitividad · Publicada el 20 de julio de 2012 · Último cambio el 28 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembr
- Disposición final tercera. Vigencia de las normas de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma
- REGLAMENTO
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Ámbito de aplicación, concepto, forma y clases.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 2. Fondos de inversión.
- Artículo 3. Número mínimo de partícipes.
- Artículo 4. Participación. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 5. Comisiones y gastos. 5 redacciones · cambió el 28/12/2023
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Concepto y número mínimo de accionistas. 4 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 7. La administración de la sociedad. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 8. Autorización y registro.
- Artículo 9. Contenido del contrato constitutivo.
- Artículo 10. Contenido del reglamento de gestión.
- Artículo 11. Contenido de los estatutos sociales de las sociedades de inversión. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 12. Requisitos de acceso y ejercicio de la actividad y de inscripción en el registro de la CNMV de las sociedades de inversión.
- Artículo 13. Registros de la CNMV en materia de IIC. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 14. Modificación de proyectos de constitución, estatutos, reglamentos y folletos. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 15. Creación y modificación de compartimentos.
- Artículo 16. Revocación de la autorización.
- Artículo 17. Suspensión de la autorización de las sociedades de inversión.
- Artículo 18. Reserva de denominación.
- Artículo 19. Obligación de carácter informativo de la CNMV.
- CAPÍTULO II
- Artículo 19 bis. Información a remitir por las IIC extranjeras.
- Artículo 20. Comercialización en España de las acciones y participaciones de IIC autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea reguladas por la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009. 4 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 21. Comercialización de las acciones y participaciones de IIC españolas reguladas por la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, en el exterior. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- CAPÍTULO III
- Artículo 22. Obligaciones de información de las IIC. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 23. Folleto. 4 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 23 bis. Información adicional a incluir en el folleto de las IIC no armonizadas.
- Artículo 24. Facultades de la CNMV respecto al folleto.
- Artículo 25. Documento con los datos fundamentales para el inversor. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 25 bis. Obligaciones de información periódica a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Artículo 26. Informe anual. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 27. Informe semestral y trimestral. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 28. Información periódica de las IIC de carácter no financiero. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 29. Publicación de informes periódicos. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 30. Hechos relevantes. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 31. Participaciones significativas. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 32. Distribución de resultados.
- Artículo 33. Cuentas anuales.
- Artículo 34. Auditoría de cuentas de las IIC.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 35. Disolución y liquidación de los fondos de inversión. 3 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 36. Fusiones. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 37. Autorización de fusiones cuando al menos una de las IIC fusionadas haya sido autorizada en España. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 38. Autorización de fusiones transfronterizas cuando la IIC beneficiaria haya sido autorizada en España.
- Artículo 39. Proyecto de fusión.
- Artículo 40. Comprobación por los depositarios.
- Artículo 41. Validación por un depositario o un auditor independiente.
- Artículo 42. Deberes de información de las IIC.
- Artículo 43. Normas específicas relativas al contenido de la información. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 44. Derecho de separación.
- Artículo 45. Fecha de efectividad de la fusión y fecha para el cálculo de la ecuación de canje en fusiones transfronterizas.
- Artículo 46. Consecuencias de la fusión.
- Artículo 47. Escisión.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 48. Activos aptos para la inversión. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 49. Inversión en valores no cotizados.
- Artículo 50. Diversificación del riesgo.
- Artículo 51. Limitaciones a la capacidad de inversión. 3 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 52. Requisitos para la inversión en instrumentos financieros derivados. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 53. Liquidez. 3 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Sección 2
- Artículo 54. Definición de IIC principal y subordinada.
- Artículo 55. Autorización de la IIC subordinada.
- Artículo 56. Relación entre la IIC principal y subordinada.
- Artículo 57. Contenido del acuerdo entre la IIC principal y la subordinada.
- Artículo 58. Contenido de las normas internas de ejercicio de la actividad.
- Artículo 59. Coordinación de la IIC principal y la subordinada.
- Artículo 60. Liquidación.
- Artículo 61. Fusión y escisión.
- Artículo 62. Recompra y reembolso.
- Artículo 63. Depositarios de las IIC principal y subordinada.
- Artículo 64. Auditores de las IIC principal y subordinada.
- Artículo 65. Información obligatoria y comunicaciones publicitarias de las IIC subordinadas.
- Artículo 66. Transformación de IIC existentes en IIC subordinadas y sustitución de IIC principal.
- Artículo 67. Obligaciones de la IIC subordinada.
- Artículo 68. Información a las autoridades competentes.
- Artículo 69. Información de las autoridades competentes.
- Artículo 70. Límites a las comisiones.
- Artículo 71. Obligaciones frente a terceros.
- Sección 3
- Artículo 72. Disposiciones especiales aplicables a IIC que no cumplan con la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 73. Disposiciones especiales de las IIC de inversión libre. 3 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 74. Disposiciones especiales de las IIC de IIC de inversión libre. 3 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 75. Fondos y compartimentos de propósito especial. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Sección 4
- Artículo 76. Patrimonio mínimo de los fondos de inversión colectiva de carácter financiero y de sus compartimentos.
- Artículo 77. Inversión del patrimonio.
- Artículo 78. Cálculo del valor liquidativo y régimen de suscripciones y reembolsos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 79. Fondos de inversión cotizados y SICAV índice cotizadas. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Sección 5
- Artículo 80. Concepto, capital social y obligaciones frente a terceros.
- Artículo 81. Cálculo del valor liquidativo. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 82. Admisión a negociación en bolsa. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 83. Adquisición y venta de acciones fuera de la bolsa.
- Artículo 84. Otros procedimientos de liquidez.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 85. Concepto.
- Sección 2
- Artículo 86. Delimitación del objeto.
- Artículo 87. Tasación.
- Artículo 88. Prevención de conflictos de interés.
- Artículo 89. Especialidades en materia de obligaciones frente a terceros. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 90. Inversión en inmuebles y liquidez.
- Artículo 91. Diversificación del riesgo.
- Artículo 92. Especialidades de las sociedades de inversión inmobiliaria. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 93. Régimen de los fondos de inversión inmobiliaria. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 94. Actividades relacionadas con la gestión de IIC. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 95. Comercialización por las SGIIC de acciones y participaciones de IIC. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 96. Requisitos de los agentes y apoderados. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 97. Régimen de la representación. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 98. Requisitos para la delegación de funciones de las sociedades gestoras. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 98 bis. Subdelegación de funciones.
- Artículo 99. Reserva de denominación y de actividad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 100. Recursos propios. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 101. Contabilidad de los recursos propios.
- Artículo 102. Obligaciones de inversión de los recursos propios. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 103. Límite de endeudamiento y prohibición de conceder préstamos.
- Artículo 104. Diversificación de riesgos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2023
- Artículo 105. Utilización de instrumentos financieros derivados.
- Artículo 106. Mecanismos de organización y control interno. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 106 bis. Gestión del riesgo. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 106 ter. Gestión de la liquidez.
- Artículo 106 quater. Valoración.
- Artículo 107. Fondo general de garantía de inversores.
- Artículo 108. Requisitos de la solicitud. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 109. Honorabilidad comercial y profesional de los socios.
- Artículo 110. Autorización de SGIIC sujetas al control de personas extranjeras.
- CAPÍTULO III
- Artículo 111. Modificación de los estatutos sociales.
- Artículo 112. Modificación del programa de actividades.
- Artículo 113. Participaciones significativas.
- Artículo 114. Información que debe suministrar el adquirente potencial junto con la notificación e interrupción del plazo para resolver.
- Artículo 115. Obligaciones. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 116. Financiación ajena de las SGIIC.
- Artículo 117. Causas de la revocación. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 118. Sustitución. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 119. Operaciones societarias de las SGIIC.
- Artículo 119 bis. Información sobre las autorizaciones a la Autoridad Europea de Valores y Mercados.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 120. Sucursales de SGIIC.
- Artículo 121. Actuación de las SGIIC autorizadas en España en Estados Miembros de la Unión Europea.
- Artículo 122. Actuación de las SGIIC autorizadas en España, en Estados no miembros de la Unión Europea. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 123. Creación y adquisición de participaciones de sociedades gestoras extranjeras por SGIIC españolas.
- Artículo 124. Comunicación de la apertura de sucursales de sociedades gestoras autorizadas en otros Estados Miembros de la Unión Europea. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 125. Apertura de sucursales y prestación de servicios en España por sociedades gestoras no autorizadas en la Unión Europea. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 126. Régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 127. Denominaciones y requisitos. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- CAPÍTULO II
- Artículo 128. Función de depósito y administración de activos. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 129. Función de custodia de activos financieros. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 130. Reutilización de activos custodiados. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 131. Función de registro de otros activos no custodiables. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 132. Función de control de efectivo. 3 redacciones · cambió el 03/10/2015
- Artículo 133. Liquidación de la suscripción y reembolso de participaciones. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- TÍTULO VI
- Artículo 134. Función de vigilancia y supervisión. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- CAPÍTULO III
- Artículo 135. Delegación de la función de depósito. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- CAPÍTULO IV
- Artículo 136. Acción de responsabilidad. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 137. Cese del depositario y publicidad de la sustitución. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 138. Contenido del acuerdo escrito del depositario con la SGIIC por cada IIC que gestione o con la sociedad de inversión. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 139. Contrato marco entre depositario y SGIIC que gestione más de una IIC. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- TÍTULO VI
- Artículo 140. Normativa aplicable. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 141. Aplicación del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el Régimen Jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 142. Reglamento interno de conducta. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 143. Asignación de operaciones. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Artículo 144. Conflictos de interés. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 145. Régimen específico de los conflictos de intereses consistentes en operaciones vinculadas.
- Artículo 146. Separación del depositario.
- Artículo 147. Deber de actuación en interés de las IIC y de sus partícipes o accionistas.
- Artículo 148. Requisito de diligencia en la comprobación de las inversiones. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Artículo 149. Requisitos para que una sociedad gestora pueda recurrir a un intermediario principal.
- Artículo 150. Obligaciones de información sobre la ejecución de las órdenes de suscripción y reembolso.
- Disposición adicional primera. Régimen de comisiones de los fondos de inversión de carácter financiero, constituidos como fondos de inversión en activos del mercado monetario al amparo de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las instituciones de inversión colectiva. 2 redacciones · cambió el 14/02/2015
- Disposición adicional segunda. Comercialización con pasaporte a inversores profesionales de las acciones y participaciones de IIC de fuera de la Unión Europea gestionadas por gestoras autorizadas en un Estado miembro de acuerdo con la Directiva 2011/61/UE, de 8 de junio de 2011.
- Disposición adicional tercera. Comercialización con pasaporte en la Unión Europea a inversores profesionales de las acciones y participaciones de IIC de la Unión Europea gestionadas por gestoras no domiciliadas en la Unión Europea de conformidad con la Directiva 2011/61/UE, de 8 de junio de 2011.
- Disposición adicional cuarta. Comercialización con pasaporte a inversores profesionales de las acciones y participaciones de IIC de un tercer Estado gestionadas por gestoras no domiciliadas en la Unión Europea de conformidad con la Directiva 2011/61/UE, de 8 de junio de 2011.
- Disposición adicional quinta. Condiciones para la gestión de IIC de la Unión Europea por una gestora no domiciliada en la Unión Europea de conformidad con la Directiva 2011/61/UE, de 8 de junio de 2011.
- Disposición adicional sexta. Autorización de gestoras no domiciliadas en la Unión Europea de conformidad con la Directiva 2011/61/UE, de 8 de junio de 2011, a efectos de la gestión de IIC o su comercialización con pasaporte.
- Disposición adicional séptima. Requisitos del depositario radicado en terceros países.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio para las IIC cuya política de inversión se basa en un único fondo de inversión.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio aplicable a las IIC de carácter no financiero y a las IIC de inversión libre e IIC de IIC de inversión libre, en relación al documento con los datos fundamentales para el inversor. 2 redacciones · cambió el 09/11/2023
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio aplicable en relación a los escenarios de rentabilidad de las IIC estructuradas.
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación de la cartera de inversiones.
- Disposición final única. Habilitación para el desarrollo normativo. 3 redacciones · cambió el 09/11/2023


