LexTotal

Legislación › Orden HAP/1637/2012, de 5 de julio, por la que se regula el Registro Electrónico de Apoderamientos.

Disposición adicional primera. Adhesión al Registro.

Disposición adicional primera. Adhesión al Registro.

El ámbito de aplicación previsto en el artículo 1 de esta Orden podrá extenderse a otras Administraciones Públicas, mediante la formalización de un convenio al efecto con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

← Artículo 13 Índice Disposición adicional segunda →