Legislación › Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
Artículo 44. Fondos de archivos, bibliotecas y museos.
Artículo 44. Fondos de archivos, bibliotecas y museos.
El régimen de protección establecido en la presente Ley para los bienes muebles declarados de Interés Cultural, se aplicará también a todos los bienes que formen parte de las colecciones de los museos, de los archivos históricos y del fondo antiguo de las bibliotecas gestionados por la Administración regional de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de las normas especiales que les sean de aplicación.


