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Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 7 de octubre de 2013 · Último cambio el 17 de julio de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Colaboración institucional.
  6. Artículo 4. Colaboración de los particulares.
  7. Artículo 5. El Consejo Regional del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  8. Artículo 6. Instituciones con funciones consultivas.
  9. TÍTULO I
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 7. Figuras de protección.
  12. Artículo 8. Bienes de interés cultural. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  13. Artículo 9. Bienes de interés patrimonial.
  14. Artículo 10. Elementos de interés patrimonial.
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 11. Procedimiento de declaración.
  17. Artículo 12. Notificación y publicación de la iniciación.
  18. Artículo 13. Efectos de la iniciación del procedimiento de declaración.
  19. Artículo 14. Instrucción del procedimiento.
  20. Artículo 15. Terminación del procedimiento.
  21. Artículo 16. Notificación y publicación de la declaración.
  22. Artículo 17. Procedimiento para dejar sin efecto una declaración.
  23. Artículo 18. Inscripción de la declaración de bien de interés cultural en el Registro de la Propiedad.
  24. CAPÍTULO III
  25. Artículo 19. Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  26. Artículo 20. Inscripción de los bienes en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  27. Artículo 21. Organización del Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  28. Artículo 22. Acceso al Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  29. TÍTULO II
  30. CAPÍTULO I
  31. Artículo 23. Deber de conservación y uso.
  32. Artículo 24. Acceso al Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  33. Artículo 25. Comercio de bienes muebles.
  34. Artículo 26. Instrumentos de ordenación territorial y urbanística y actividades a las que se aplica la Evaluación de Impacto Ambiental.
  35. Artículo 27. Autorización de intervenciones en bienes inmuebles.
  36. Artículo 28. Criterios de intervención en bienes inmuebles.
  37. Artículo 29. Autorización de intervenciones en bienes muebles.
  38. Artículo 30. Criterios de intervención en bienes muebles.
  39. Artículo 31. Suspensión de intervenciones.
  40. CAPÍTULO II
  41. Artículo 32. Derechos de tanteo y de retracto.
  42. Artículo 33. Cambios de titularidad: supuestos especiales.
  43. Artículo 34. Expropiación forzosa.
  44. Artículo 35. Autorización de demolición en bienes catalogados.
  45. CAPÍTULO III
  46. Artículo 36. Nivel máximo de protección.
  47. Sección 1
  48. Artículo 37. Desplazamientos.
  49. Artículo 38. Prohibiciones en inmuebles declarados de Interés Cultural.
  50. Artículo 38 bis. Evaluación de Impacto Patrimonial en bienes incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial.
  51. Artículo 39. Conservación de Conjuntos Históricos.
  52. Artículo 40. Planeamiento urbanístico en Conjuntos Históricos.
  53. Artículo 41. Conservación de Sitios Históricos, Zonas Arqueológicas, Zonas Paleontológicas y Paisajes Culturales. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  54. Artículo 42. Autorización de obras en bienes de interés cultural con Plan Especial u otro instrumento similar. 2 redacciones · cambió el 17/07/2025
  55. Sección 2
  56. Artículo 43. Autorizaciones de traslados.
  57. Artículo 44. Fondos de archivos, bibliotecas y museos.
  58. Sección 3
  59. Artículo 45. Protección de los bienes inmateriales.
  60. TÍTULO III
  61. CAPÍTULO I
  62. Artículo 46. Documentación del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  63. Artículo 47. Inventario del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  64. Artículo 48. Actuaciones preventivas para la documentación y protección del Patrimonio Cultural.
  65. CAPÍTULO II
  66. Artículo 49. Intervenciones arqueológicas y paleontológicas.
  67. Artículo 50. Autorizaciones.
  68. Artículo 51. Actuaciones ilícitas.
  69. Artículo 52. Hallazgos casuales.
  70. Artículo 53. Dominio Público.
  71. Artículo 54. Ejecución forzosa.
  72. Artículo 55. Parques arqueológicos.
  73. TÍTULO IV
  74. Artículo 56. Patrimonio documental integrante del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  75. Artículo 57. Patrimonio bibliográfico integrante del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  76. Artículo 58. Normativa aplicable y régimen de protección.
  77. Artículo 59. Declaración de utilidad pública.
  78. Artículo 60. Instrumentos administrativos.
  79. Artículo 61. Obligaciones de los propietarios y poseedores de patrimonio documental.
  80. Artículo 62. Depósito de documentos.
  81. Artículo 63. Salida de archivos y documentos del Patrimonio documental de Castilla-La Mancha.
  82. TÍTULO V
  83. Artículo 64. Medidas económicas de fomento.
  84. Artículo 65. Porcentaje cultural. 3 redacciones · cambió el 05/09/2017
  85. Artículo 66. Beneficios fiscales.
  86. Artículo 67. Pagos con bienes culturales.
  87. Artículo 68. Enseñanza e Investigación del Patrimonio Histórico.
  88. TÍTULO VI
  89. CAPÍTULO I
  90. Artículo 69. Inspección del Patrimonio Cultural.
  91. Artículo 70. Funciones de Inspección.
  92. Artículo 71. Obligación de colaboración.
  93. CAPÍTULO II
  94. Artículo 72. Concepto de infracción y clasificación.
  95. Artículo 73. Infracciones muy graves.
  96. Artículo 74. Infracciones graves.
  97. Artículo 75. Infracciones leves.
  98. Artículo 76. Responsables.
  99. Artículo 77. Sanciones.
  100. Artículo 78. Atenuantes y agravantes.
  101. Artículo 79. Obligación de reparar el daño.
  102. Artículo 80. Prescripción de infracciones y sanciones.
  103. Artículo 81. Procedimiento sancionador. Medidas de carácter provisional.
  104. Artículo 82. Órganos sancionadores.
  105. TÍTULO VII
  106. CAPÍTULO I
  107. Artículo 83. Concepto y régimen jurídico.
  108. Artículo 84. Funciones.
  109. CAPÍTULO II
  110. Artículo 85. Requisitos para la autorización.
  111. Artículo 86. Autorización e inscripción en el Registro.
  112. Disposición adicional primera. Patrimonio Cultural de la Iglesia Católica.
  113. Disposición adicional segunda. Habilitación para revisar declaraciones anteriores.
  114. Disposición adicional tercera. Molinos de viento, viviendas tipo silo, bombos, ventas y arquitectura negra. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  115. Disposición adicional cuarta. Competencia para la aceptación de donaciones, herencias o legados a favor de la Administración regional.
  116. Disposición adicional quinta. Protección de inmuebles donde estén localizados archivos, bibliotecas y museos.
  117. Disposición transitoria primera. Incorporación al Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha y al Inventario del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
  118. Disposición transitoria segunda. Bienes muebles incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles.
  119. Disposición transitoria tercera. Declaraciones de bienes de interés cultural en tramitación y entornos pendientes de delimitación.
  120. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  121. Disposición final primera. Las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico.
  122. Disposición final segunda. Actualización de cuantías.
  123. Disposición final tercera. Supletoriedad de la normativa estatal.
  124. Disposición final cuarta. Habilitación de desarrollo normativo.
  125. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  126. Firma