Legislación › Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
Artículo 86. Autorización e inscripción en el Registro.
Artículo 86. Autorización e inscripción en el Registro.
1. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento a seguir para la emisión de la resolución de autorización de una ECAP, así como su correspondiente remisión al Registro General de Entidades Colaboradoras de Castilla-La Mancha.
2. La resolución de autorización de una ECAP corresponderá a la consejería competente en materia de patrimonio cultural.
Se añade por la disposición final 5.2 de la Ley 4/2025, de 11 de julio. BOE-A-2025-18966


