Legislación › Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional tercera. Molinos de viento, viviendas tipo silo, bombos, ventas y arquitectura negra.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de junio de 2013 y la del 16 de abril de 2025.
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Disposición adicional tercera. Molinos de viento, silos, viviendas tipo silo, bombos, ventas y arquitectura negra.
Los molinos de viento, silos, viviendas tipo silo, bombos, ventas, manifestaciones de la arquitectura negra y otros elementos etnográficos forman parte del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. Aquellos bienes entre los citados que sean merecedores de protección específica individualizada en razón de sus valores culturales podrán ser declarados en alguna de las figuras de protección conforme a lo establecido en el título I de la presente Ley. ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11442 | Leer | Qué cambió |
| 13 de junio de 2013 | Texto original | Leer |
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