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Legislación › Orden ESS/1892/2013, de 8 de octubre, por la que se regula el tablón de edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 7. Competencia para la publicación.

Artículo 7. Competencia para la publicación.

La publicación en el tablón de edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de los edictos a que se refiere el artículo 1 corresponderá a la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en cuanto órgano competente para la gestión tecnológica de la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

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