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Legislación › Real Decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano.

Disposición transitoria única. Plazo de adecuación.

Disposición transitoria única. Plazo de adecuación.

En el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de este real decreto, las entidades de distribución e intermediación adecuarán su funcionamiento a las previsiones en él incluidas.

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