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Legislación › Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.

Artículo 111. Inspección de las inversiones avaladas.

Artículo 111. Inspección de las inversiones avaladas.

La consejería con competencias en materia de hacienda podrá inspeccionar las operaciones o inversiones financiadas con créditos avalados por la Comunidad Autónoma de La Rioja para comprobar su aplicación y rentabilidad, con independencia de las medidas de control que correspondan a los organismos públicos para los avales concedidos según lo previsto en el apartado 4 del artículo 106.

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