Legislación › Ley
Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.
En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 8 de noviembre de 2013 · Último cambio el 30 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Concepto de Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 3. Principios de la Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 5. Clasificación del sector público autonómico.
- Artículo 6. Régimen jurídico aplicable al sector público autonómico.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 7. Recursos o derechos económicos de la Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 8. Normas comunes a los derechos de la Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 9. Límites a que están sujetos los derechos de la Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 10. Ejercicio de acciones por la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sección 2
- Artículo 11. Normas generales.
- Artículo 12. Prerrogativas correspondientes a los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 13. Nacimiento, adquisición y extinción de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 14. Providencia de apremio y suspensión del procedimiento de apremio.
- Artículo 15. Aplazamiento o fraccionamiento de las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública Autonómica. 2 redacciones · cambió el 30/12/2025
- Artículo 16. Compensación de deudas.
- Artículo 17. Compensación de oficio de deudas de entidades públicas.
- Artículo 18. Condonación de deudas.
- Artículo 19. Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública Autonómica.
- Artículo 20. Derechos económicos de baja cuantía.
- Artículo 21. Intereses. 2 redacciones · cambió el 30/12/2025
- Artículo 22. Gestión de derechos de naturaleza pública de las entidades del sector público no integrantes de la Hacienda Pública Autonómica.
- Sección 3
- Artículo 23. Derechos de naturaleza privada de la Hacienda Pública.
- CAPÍTULO II
- Artículo 24. Competencias en materia tributaria.
- Artículo 25. Aplicación y revisión de los tributos cedidos por el Estado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 26. Fuentes de las obligaciones.
- Artículo 27. Exigibilidad de las obligaciones.
- Artículo 28. Extinción de las obligaciones.
- Artículo 29. Prerrogativas.
- Artículo 30. Intereses.
- Artículo 31. Prescripción de las obligaciones.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 32. Definición.
- Artículo 33. Alcance subjetivo.
- Artículo 34. Ámbito objetivo.
- Artículo 35. Ámbito temporal.
- Artículo 36. Principios relativos a la estabilidad presupuestaria.
- Artículo 37. Principios relativos a la gestión presupuestaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 38. Marco presupuestario a medio plazo.
- Artículo 39. Gastos de carácter plurianual.
- Artículo 40. Informes.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 41. Los créditos presupuestarios.
- Artículo 42. Especialidad de los créditos.
- Artículo 43. Los programas de gasto.
- Sección 2
- Artículo 44. Estructura de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 45. Estructura de los estados de gastos de los entes con presupuestos limitativos.
- Artículo 46. Estructura de los estados de ingresos.
- Sección 3
- Artículo 47. Especificación de los presupuestos.
- Sección 4
- Artículo 48. No disponibilidad de los créditos. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 49. Disponibilidades líquidas. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Sección 5
- Artículo 50. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 51. Procedimiento de elaboración.
- Artículo 52. Remisión al Parlamento.
- Artículo 53. Prórroga de los Presupuestos.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 54. Modificación de los créditos iniciales.
- Artículo 55. Transferencias de crédito.
- Artículo 56. Generaciones de crédito. 3 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 57. Créditos ampliables.
- Artículo 58. Habilitaciones de crédito.
- Artículo 59. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito de la Administración General. 2 redacciones · cambió el 31/01/2020
- Artículo 60. Incorporaciones de crédito. 2 redacciones · cambió el 01/02/2021
- Artículo 61. Anticipos de tesorería.
- Sección 2
- Artículo 62. Competencias.
- Artículo 63. Tramitación de expedientes.
- Artículo 64. De las modificaciones presupuestarias aprobadas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 65. Fases del procedimiento de la gestión de los gastos.
- Artículo 66. Competencias en materia de gestión de gastos.
- Artículo 67. Ordenación de pagos.
- Artículo 68. Embargo de derechos de cobro.
- Artículo 69. Pagos indebidos y demás reintegros.
- Artículo 70. Anticipos de caja fija.
- Artículo 71. Pagos a justificar.
- Artículo 72. Gestión del presupuesto de ingresos.
- Artículo 73. Devolución de ingresos.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 74. Liquidación de los presupuestos.
- Artículo 75. Elaboración y aprobación.
- Artículo 76. Destino del superávit presupuestario.
- CAPÍTULO VIII
- Sección 1
- Artículo 77. Modificaciones presupuestarias.
- Sección 2
- Artículo 78. Presupuesto.
- Artículo 79. Programa de actuación plurianual.
- Artículo 80. Tramitación.
- Artículo 81. Convenios y contratos-programa.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 82. Tesorería.
- Artículo 83. Funciones de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- CAPÍTULO II
- Artículo 84. Presupuesto de Tesorería. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 85. Proceso de pago.
- Artículo 86. Criterios de ordenación de pagos.
- Artículo 87. Medios de pago e ingreso. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 88. Situación de los fondos.
- Artículo 89. Operaciones para facilitar la gestión de la Tesorería. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 90. Relación con entidades de crédito.
- Artículo 91. Caja General de Depósitos y Garantías.
- Artículo 92. Gestión de la tesorería de los organismos autónomos.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 93. Endeudamiento de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 94. Habilitación legal para el endeudamiento.
- Artículo 95. Competencia para la autorización y formalización de las operaciones de endeudamiento.
- Artículo 96. Información al Parlamento sobre las operaciones financieras.
- Artículo 97. Cobertura presupuestaria de los gastos derivados del endeudamiento.
- Artículo 98. Operaciones de crédito.
- Artículo 99. Emisión de valores.
- Artículo 100. Otras operaciones relativas a la deuda.
- Artículo 101. Valores representativos de la Deuda Pública Autonómica.
- Artículo 102. Suscripción y transmisión.
- Artículo 103. Prescripción.
- Artículo 104. Operaciones de endeudamiento de los organismos públicos y entes instrumentales. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- CAPÍTULO II
- Artículo 105. Objeto de los avales.
- Artículo 106. Autorización para la concesión de avales.
- Artículo 107. Avales autorizados por el Gobierno de La Rioja.
- Artículo 108. Formalización de los avales. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Artículo 109. Devengo de comisión.
- Artículo 110. Limitación de riesgos.
- Artículo 111. Inspección de las inversiones avaladas.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 112. Principios generales.
- Artículo 113. Fines de la contabilidad del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 114. Aplicación de los principios contables.
- Artículo 115. Principios contables públicos.
- Artículo 116. Destinatarios de la información contable.
- CAPÍTULO II
- Artículo 117. Competencias del titular de la consejería con competencias en materia de hacienda.
- Artículo 118. Competencias de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 2 redacciones · cambió el 01/04/2017
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 119. Formulación de las cuentas anuales.
- Artículo 120. Contenido de las cuentas anuales de las entidades que deben aplicar los principios contables públicos.
- Artículo 121. Contenido de las cuentas anuales del resto de entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sección 2
- Artículo 122. Contenido de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 123. Formación y remisión de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sección 3
- Artículo 124. Las cuentas económicas del sector público.
- Sección 4
- Artículo 125. Información a remitir al Parlamento.
- Artículo 126. Información a publicar en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja. 2 redacciones · cambió el 31/01/2020
- Artículo 127. Obligación de rendir cuentas.
- Artículo 128. Cuentadantes.
- Artículo 129. Procedimiento de rendición de cuentas.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 130. Del control interno de la gestión económico-financiera del sector público.
- Artículo 131. Control de subvenciones y ayudas.
- Artículo 132. Objetivos del control.
- Artículo 133. Ámbito y ejercicio del control.
- Artículo 134. Principios de actuación y prerrogativas.
- Artículo 135. Deberes y facultades del personal controlador.
- Artículo 136. Deber de colaboración y asistencia jurídica.
- Artículo 137. Informes generales de control financiero y de auditoría pública.
- Artículo 138. Planes de auditorías públicas y de actuaciones de control financiero. 2 redacciones · cambió el 01/04/2017
- CAPÍTULO II
- Artículo 139. Definición.
- Artículo 140. Ámbito de aplicación.
- Artículo 141. Modalidades de ejercicio.
- Artículo 142. No sujeción a la fiscalización previa.
- Artículo 143. Fiscalización e intervención previa de requisitos básicos.
- Artículo 144. Fiscalización previa e intervención de pagos a justificar y anticipos de caja fija.
- Artículo 145. Reparos.
- Artículo 146. Discrepancias.
- Artículo 147. Omisión de fiscalización.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 148. Definición.
- Artículo 149. Ámbito de aplicación.
- Artículo 150. Contenido y alcance del control financiero permanente.
- Artículo 151. Informes de control financiero permanente.
- Sección 2
- Artículo 152. Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones.
- Artículo 153. Control financiero de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios.
- Artículo 154. Obligación de colaboración.
- Artículo 155. Del procedimiento de control financiero de subvenciones.
- Artículo 156. Efectos de los informes de control financiero. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 157. Definición.
- Artículo 158. Ámbito.
- Artículo 159. Formas de ejercicio.
- Artículo 160. Informes de auditoría.
- Artículo 161. Informes de actuación y seguimiento de medidas correctoras.
- Sección 2
- Artículo 162. Definición.
- Artículo 163. Ámbito de la auditoría de cuentas anuales.
- Sección 3
- Artículo 164. Auditoría de cumplimiento.
- Artículo 165. Auditoría operativa.
- Artículo 166. Auditoría de seguimiento de planes de equilibrio financiero.
- Artículo 167. Auditoría de los planes de actuación inicial.
- Artículo 168. Auditoría de enajenación de valores.
- CAPÍTULO V
- Artículo 168 bis. Supervisión continua.
- TÍTULO VII
- Artículo 169. Principio general.
- Artículo 170. Responsabilidad de los interventores y ordenadores de los pagos.
- Artículo 171. Hechos que pueden generar responsabilidad patrimonial.
- Artículo 172. Diligencias previas.
- Artículo 173. Procedimiento para deducir responsabilidad.
- Artículo 174. Tipos de responsabilidad.
- Artículo 175. Régimen jurídico del importe de los perjuicios irrogados.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 176. Concepto de subvención.
- Artículo 177. Ámbito de aplicación.
- Artículo 178. Principios generales.
- Artículo 179. Bases reguladoras.
- Artículo 180. Órganos competentes en materia de subvenciones.
- Artículo 181. Beneficiarios.
- Artículo 182. Entidades colaboradoras.
- Artículo 183. Publicidad de las subvenciones concedidas.
- Artículo 184. Efectos del silencio administrativo en los procedimientos de subvenciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 185. Reintegro de las subvenciones.
- Artículo 186. Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro.
- Artículo 187. Procedimiento de reintegro.
- CAPÍTULO III
- Artículo 188. Concepto de infracción.
- Artículo 189. Graduación de las sanciones.
- Artículo 190. Sanciones. 2 redacciones · cambió el 01/04/2017
- Artículo 191. Competencia para la instrucción del procedimiento sancionador y para la imposición de sanciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
- TÍTULO IX
- Artículo 192. Tribunal Económico-Administrativo de La Rioja.
- Artículo 193. Composición.
- Artículo 194. Funciones del presidente.
- Artículo 195. Funciones del secretario.
- Artículo 196. Funciones de los vocales.
- Artículo 197. Constitución y adopción de acuerdos.
- Disposición adicional primera. Colaboración en la realización del Plan anual de auditorías. 2 redacciones · cambió el 31/01/2020
- Disposición adicional segunda. Acceso a la información correspondiente a la auditoría realizada por auditores privados.
- Disposición adicional tercera. Sistemas adicionales de control de objetivos.
- Disposición adicional cuarta. Centros docentes públicos no universitarios.
- Disposición adicional quinta. Generaciones de crédito por anticipos del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía.
- Disposición adicional sexta. Responsabilidad solidaria de las entidades locales.
- Disposición adicional séptima. De los organismos autónomos integrados como una sección presupuestaria en el Presupuesto de la Administración General.
- Disposición adicional octava. De la entidad pública empresarial Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja.
- Disposición adicional novena. Del control interno del Servicio Riojano de Salud.
- Disposición adicional décima. De la colaboración tributaria con las entidades locales.
- Disposición adicional undécima. Obligaciones formales del impuesto sobre la renta de las personas físicas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Disposición adicional duodécima. Comprobación de valores. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
- Disposición adicional decimotercera. Utilización de medios electrónicos en la fase de elaboración de los presupuestos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Disposición final segunda. Control financiero.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


