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Legislación › Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.

Artículo 82. Tesorería.

Artículo 82. Tesorería.

Constituyen la Tesorería de la Comunidad Autónoma de La Rioja todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos autónomos, tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.

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