LexTotal

Legislación › Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo Largo de la Vida.

Disposición adicional tercera. Integración en el Instituto Vasco de Educación a Distancia (IVED).

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de octubre de 2013 y la del 6 de julio de 2018. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera. Integración en el Instituto Vasco de Educación a Distancia (IVED).
Se integran en el Instituto Vasco de Educación a Distancia (IVED), (IVED) el Centro Vasco de Educación Básica a Distancia (CEVEBAD), (Cevebad), creado por el Decreto 189/1985, de 11 de junio, y modificado por el decreto Decreto 289/1998, de 27 de octubre, octubre; el Instituto de Bachillerato a Distancia Ramiro de Maeztu, el Instituto de Bachillerato a Distancia Indalencio Bizkarrondo «Bilintx», Maeztu; el Instituto de Bachillerato a Distancia de Bizkaia Indalecio Bizkarrondo, "Bilintx", y el Instituto de Formación Profesional Bachillerato a Distancia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, creado por el Decreto 102/2011, de 31 de mayo. Bizkaia.
Las actuales plantillas de personal de los citados centros se adscribirán e integrarán, funcional y orgánicamente, como personal del Instituto Vasco de Educación a Distancia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de julio de 2018 En vigor BOE-A-2018-11066 Leer Qué cambió
18 de octubre de 2013 Texto original Leer

← Disposición adicional segunda Índice Disposición transitoria →