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Legislación › Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior.

Artículo 23. Relaciones de colaboración con otras Comunidades Autónomas.

Artículo 23. Relaciones de colaboración con otras Comunidades Autónomas.

La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará la celebración de convenios con otras Comunidades Autónomas que tengan como objeto la mutua colaboración para atender a sus respectivos ciudadanos en el exterior y a sus entes asociativos.

La Junta de Castilla y León procurará que desde el Gobierno de España se potencien las relaciones sociales, culturales, económicas y políticas con los países en los que existan comunidades de ciudadanos de Castilla y León.

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