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Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior.

En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 15 de noviembre de 2013 · Último cambio el 5 de noviembre de 2013 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 4. Reconocimiento del origen castellano y leonés.
  8. Artículo 5. Participación en la vida social de Castilla y León.
  9. Artículo 6. Participación en la vida cultural de Castilla y León.
  10. Artículo 7. Participación en la vida política de la Comunidad.
  11. TÍTULO II
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 8. Participación en los asuntos públicos.
  14. Artículo 9. Acceso al Procurador del Común.
  15. Artículo 10. Presentación de peticiones.
  16. Artículo 11. Participación en los órganos consultivos de emigración.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 12. Promoción de la protección de la salud.
  19. Artículo 13. Asistencia social.
  20. Artículo 14. Jóvenes castellanos y leoneses en el exterior.
  21. Artículo 15. Igualdad de oportunidades.
  22. CAPÍTULO III
  23. Artículo 16. Acceso a la educación.
  24. Artículo 17. Integración en el sistema educativo de los ciudadanos retornados a Castilla y León.
  25. CAPÍTULO IV
  26. Artículo 18. Formación orientada al empleo.
  27. Artículo 19. Inserción laboral.
  28. Artículo 20. Incorporación al empleo de los ciudadanos retornados a Castilla y León.
  29. CAPÍTULO V
  30. Artículo 21. Política integral de retorno.
  31. TÍTULO III
  32. Artículo 22. Planes y programas.
  33. Artículo 23. Relaciones de colaboración con otras Comunidades Autónomas.
  34. Artículo 24. Tratados y acuerdos internacionales.
  35. Artículo 25. Órgano autonómico de coordinación y participación.
  36. Artículo 26. Coordinación con las entidades locales.
  37. TÍTULO IV
  38. CAPÍTULO I
  39. Artículo 27. Comunidades castellanas y leonesas en el exterior.
  40. Artículo 28. Funciones de las comunidades castellanas y leonesas en el exterior.
  41. Artículo 29. Federaciones de las comunidades castellanas y leonesas en el exterior.
  42. Artículo 30. Funciones de las federaciones de las comunidades castellanas y leonesas en el exterior.
  43. Artículo 31. Entidades de apoyo.
  44. Artículo 32. Registro de las comunidades castellanas y leonesas en el exterior.
  45. Artículo 33. Reconocimiento e inscripción.
  46. CAPÍTULO II
  47. Artículo 34. Ámbito general de colaboración.
  48. Artículo 35. Participación en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  49. Disposición adicional. Requisito de residencia previa en la Comunidad de Castilla y León.
  50. Disposición transitoria. Inscripción y reconocimiento de las comunidades castellanas y leonesas en el exterior, sus federaciones, confederaciones y entidades de apoyo.
  51. Disposición derogatoria.
  52. Disposición final primera. Órgano colegiado de consulta y participación.
  53. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
  54. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  55. [firma]