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Legislación › Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior.

Artículo 6. Participación en la vida cultural de Castilla y León.

Artículo 6. Participación en la vida cultural de Castilla y León.

1. Los poderes públicos promoverán el conocimiento de la cultura en Castilla y León de los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León e impulsarán el conocimiento del patrimonio cultural de la Comunidad.

2. A través de la implantación de las tecnologías de la información y comunicación, los poderes públicos facilitarán el acceso a los archivos y el conocimiento de los museos y las bibliotecas de Castilla y León.

3. Se impulsará el desarrollo de las capacidades y aptitudes creativas, artísticas y literarias, tanto individuales como colectivas, de los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León.

4. Se procurará que los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León puedan celebrar el Día de Castilla y León como expresión de su vinculación con la Comunidad.

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