Legislación › Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Esta ley será de aplicación al acceso a actividades económicas que se prestan en condiciones de mercado y su ejercicio por parte de operadores legalmente establecidos en cualquier lugar del territorio nacional.
2. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta ley las materias del ámbito tributario.
Se modifica por el art. 6.1 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. BOE-A-2022-15818
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-15818 | Leer | Qué cambió |
| 11 de diciembre de 2013 | Texto original | Leer |


