Legislación › Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
Artículo 50. Autorización de operaciones de endeudamiento del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2014 y la del 16 de julio de 2014.
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Artículo 50. Autorización de operaciones de endeudamiento del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
Se autoriza al Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, para que pueda endeudarse durante 2014 siempre que el volumen vivo de deuda a 31 de diciembre de 2014, deducido el saldo de tesorería y de activos a corto plazo no supere el límite máximo de 47.500.000 miles de euros. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de julio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-7468 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | Texto original | Leer |


