Legislación › Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
ANEXO VII
ANEXO VII
Remanentes de crédito incorporables en el ejercicio 2014
Podrán incorporarse a los créditos del ejercicio, los remanentes que se recogen a continuación:
a) El del crédito 17.09.261N.755 «A la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la reparación de daños por los movimientos sísmicos de Lorca, artículo 3.1.c) RD-L 6/2011», habilitado para financiar los gastos derivados de la reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas dañadas por el mencionado seísmo acaecido en Lorca el 11 de mayo de 2011.
b) El del crédito 19.01.291M.628 y 19.01.291M.638 «Patrimonio Sindical Acumulado».
c) Los de los créditos 20.101.423M.771 y 20.101.457M.751 para reactivación económica de las comarcas mineras del carbón.
d) El crédito 23.04.456M.770 «Plan de Impulso al Medio Ambiente PIMA Aire, R.D. 89/2013».
e) En la sección 33, los procedentes de los Fondos de Compensación Interterritorial, en los términos establecidos en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre.
f) Los de la Sección 36, procedentes de las transferencias realizadas como consecuencia de los Reales Decretos de traspasos de servicios.


