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Legislación › Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

ANEXO VII

ANEXO VII

Remanentes de crédito incorporables en el ejercicio 2014

Podrán incorporarse a los créditos del ejercicio, los remanentes que se recogen a continuación:

a) El del crédito 17.09.261N.755 «A la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la reparación de daños por los movimientos sísmicos de Lorca, artículo 3.1.c) RD-L 6/2011», habilitado para financiar los gastos derivados de la reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas dañadas por el mencionado seísmo acaecido en Lorca el 11 de mayo de 2011.

b) El del crédito 19.01.291M.628 y 19.01.291M.638 «Patrimonio Sindical Acumulado».

c) Los de los créditos 20.101.423M.771 y 20.101.457M.751 para reactivación económica de las comarcas mineras del carbón.

d) El crédito 23.04.456M.770 «Plan de Impulso al Medio Ambiente PIMA Aire, R.D. 89/2013».

e) En la sección 33, los procedentes de los Fondos de Compensación Interterritorial, en los términos establecidos en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre.

f) Los de la Sección 36, procedentes de las transferencias realizadas como consecuencia de los Reales Decretos de traspasos de servicios.

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