LexTotal

Legislación › Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Disposición transitoria duodécima. Mecanismo de otorgamiento de régimen retributivo específico para instalaciones renovables en los sistemas eléctricos no peninsulares.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2013 y la del 1 de enero de 2015. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria duodécima. Mecanismo de otorgamiento de régimen retributivo específico para instalaciones renovables en los sistemas eléctricos no peninsulares.
Con carácter extraordinario y hasta el 31 de diciembre de 2014, 2015, el Gobierno podrá exceptuar la aplicación del procedimiento de concurrencia competitiva previsto en el artículo 14.7.a) y c) de otorgamiento de régimen retributivo específico para determinadas tecnologías de generación renovable en los sistemas eléctricos no peninsulares, cuando su introducción suponga una reducción significativa de los costes de generación del sistema eléctrico y siempre que su puesta en servicio se produzca con anterioridad al 31 de diciembre de 2016. 2018.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2014-13248 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2013 Texto original Leer

← Disposición transitoria undécima Índice Disposición transitoria decimotercera →