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Legislación › Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

Disposición adicional tercera. Formato de la factura electrónica y sus efectos tributarios.

Disposición adicional tercera. Formato de la factura electrónica y sus efectos tributarios.

La factura electrónica prevista en esta Ley y su normativa de desarrollo será válida y tendrá los mismos efectos tributarios que la factura en soporte papel. En particular, podrá ser utilizada como justificante a efectos de permitir la deducibilidad de la operación de conformidad con la normativa de cada tributo y lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

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