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Legislación › Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

Disposición transitoria tercera. Intermediación entre el punto general de entrada de facturas y la oficina contable competente.

Disposición transitoria tercera. Intermediación entre el punto general de entrada de facturas y la oficina contable competente.

Mientras no esté disponible el registro contable de facturas, el punto general de entrada de facturas electrónicas proporcionará una solución de intermediación, bien a través de un servicio automático de puesta a disposición o bien a través de su remisión electrónica, entre quien presenta la factura y el órgano administrativo al que corresponda su tramitación.

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