Legislación › Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias.
Disposición adicional cuarta. Continuidad de los órganos de gobierno.
Disposición adicional cuarta. Continuidad de los órganos de gobierno.
En tanto no se haya producido la constitución de la nueva asamblea general, el gobierno, representación y administración de las cajas de ahorros seguirán atribuidos a sus actuales órganos de gobierno, quienes, en consecuencia, adoptarán los acuerdos necesarios para la debida ejecución y cumplimiento de las normas contenidas en esta Ley, quedando prorrogados sus mandatos a tales efectos.
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