Legislación › Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
Disposición adicional sexta. Comarcas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2013 y la del 15 de noviembre de 2016. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Disposición adicional sexta. Comarcas.
Las previsiones de esta Ley se aplicarán respetando la organización comarcal en aquellas Comunidades Autónomas cuyos estatutos de autonomía tenga atribuida expresamente la gestión de servicios supramunicipales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2016 En vigor | BOE-A-2016-10666 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2013 | Texto original | Leer |
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