Legislación › Real Decreto 995/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrolla la regulación del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil.
Artículo 26. Aprobación del Plan de Acción de Seguridad Operacional.
Artículo 26. Aprobación del Plan de Acción de Seguridad Operacional.
El Plan de Acción de Seguridad Operacional será aprobado por resolución del Director de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, previo informe de los organismos públicos supervisores y resto de organismos públicos que se integran en el Programa.


