Legislación › Real Decreto 995/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrolla la regulación del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil.
Disposición final segunda. Circulares aeronáuticas.
Disposición final segunda. Circulares aeronáuticas.
Se faculta al Director General de Aviación Civil para adoptar, de conformidad con los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, circulares aeronáuticas por propia iniciativa o a propuesta de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, con el fin de dictar disposiciones de carácter secundario y de contenido técnico que completen, precisen y aseguren la más eficaz aplicación de las disposiciones sobre obligaciones de los proveedores de productos y servicios aeronáuticos contenidas en el capítulo III; en particular, para mantenerlas actualizadas de acuerdo con las recomendaciones y prescripciones internacionales y comunitarias.
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