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Legislación › Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Artículo 13. Cuantía de las prestaciones económicas.

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Artículo 13. Revisión de las cuantías máximas Cuantía de las prestaciones económicas.
1. Las cuantías máximas de las prestaciones económicas del SAAD Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia serán las que se revisarán por determinan en el Gobierno mediante real decreto, previo anexo IV.
2. El importe de la prestación económica para cada persona beneficiaria se determinará aplicando a la cuantía vigente un coeficiente reductor según su capacidad económica, de
acuerdo del con lo establecido por la comunidad autónoma o Administración que, en su caso, tenga la competencia. Tendrá en consideración lo que se acuerde por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para los grados con derecho a prestaciones. Dependencia.
No obstante, se establecen las cuantías mínimas, en cualquiera de sus grados, que se determinan en el anexo V.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de julio de 2023 En vigor BOE-A-2023-16651 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 Texto original Leer

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