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Real Decreto 114/2013, de 15 de febrero, por el que se crea y regula el registro nacional de infracciones graves a la política pesquera común, se establecen las normas de aplicación del sistema de puntos y se actualizan los importes de las sanciones previstas en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

En vigor Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente · Publicada el 28 de febrero de 2013 · Último cambio el 23 de junio de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo 1. Objeto.
  3. Artículo 2. Registro Nacional de Infracciones Graves a la Política Pesquera Común. Naturaleza jurídica, ámbito de aplicación y contenido.
  4. Artículo 3. Autoridades competentes.
  5. Artículo 4. Inscripción en el Registro Nacional de Infracciones Graves a la Política Pesquera Común.
  6. Artículo 5. Cancelación en el Registro Nacional de Infracciones Graves a la Política Pesquera Común.
  7. Artículo 6. Infracciones graves que llevan aparejada asignación de puntos e inscripción en el Registro Nacional de Infracciones Graves a la Política Pesquera Común. 2 redacciones · cambió el 23/06/2015
  8. Artículo 7. Normas de aplicación del sistema de puntos por infracciones de pesca graves a la Política Pesquera Común. 2 redacciones · cambió el 23/06/2015
  9. Artículo 8. Sistema de asignación de puntos a capitanes o patrones de buques pesqueros. 2 redacciones · cambió el 23/06/2015
  10. Artículo 9. Transmisión de datos entre Estados miembros. Solicitudes de asistencia.
  11. Disposición adicional única. Gastos de personal.
  12. Disposición transitoria única. Inicio de las inscripciones.
  13. Disposición final primera. Título competencial.
  14. Disposición final segunda. Actualización del importe de las sanciones previstas en el artículo 102 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
  15. Disposición final tercera. Facultad de modificación.
  16. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  17. Firma
  18. ANEXO