LexTotal

Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículo 151. Hecho imponible.

Artículo 151. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la autorización de instalaciones de gestión de residuos, de la autorización de gestores de residuos y de la autorización conjunta de instalaciones y gestores de residuos.

Se modifica por el art. 12.11 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. BOE-A-2016-6725

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de mayo de 2016 En vigor BOE-A-2016-6725 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 2012 Texto original Leer

← Artículo 150 Índice Artículo 152 →