Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 151. Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de diciembre de 2012 y la del 31 de mayo de 2016.
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Artículo 151. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la autorización de una instalación instalaciones de gestión de residuos, de la autorización de gestores de residuos y de la autorización conjunta de instalaciones y gestores de residuos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de mayo de 2016 En vigor | BOE-A-2016-6725 | Leer | Qué cambió |
| 2 de diciembre de 2012 | Texto original | Leer |


