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Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículo 388. Cuota tributaria.

Artículo 388. Cuota tributaria.

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Tarifa 1. Por la tramitación de expedientes de inscripción en el Registro: 50,00 euros.

Tarifa 2. Por la cancelación de una inscripción a instancia de parte: 25,00 euros.

Se suprime la tarifa 3 por la disposición final 7.1 de la Ley 4/2021, de 25 de junio. BOE-A-2021-18038

Redacciones de este artículo

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1 de julio de 2021 En vigor BOE-A-2021-18038 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 2012 Texto original Leer

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