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Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículo 74. Devengo y Pago.

Artículo 74. Devengo y Pago.

La tasa se devenga en el momento en que se presta el servicio o se ejecuta la actuación, sin perjuicio de la posibilidad de exigir el depósito previo.

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