LexTotal

Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículo 75. Hecho imponible.

Artículo 75. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha consistentes en los siguientes:

1. Expedición de certificados.

2. Diligenciado de libros sociales y contables obligatorios.

3. Depósito de cuentas anuales.

4. Inscripciones.

← Artículo 74 Índice Artículo 76 →