Legislación › Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española.
Artículo 35. Oficial Mayor del Consejo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de marzo de 2013 y la del 4 de febrero de 2024.
Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 35. Oficial Mayor del Consejo.
Existirá, a las órdenes del Secretario General, un Oficial Mayor, cuyas funciones son: la distribución del trabajo, el mantenimiento de la disciplina y la determinación del régimen interior y cuantas funciones le sean encomendadas por el Secretario general. Su nombramiento incumbe a la Junta Ejecutiva Permanente, a propuesta del Presidente del Consejo. (Suprimido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de febrero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2044 | Leer | Qué cambió |
| 10 de marzo de 2013 | Texto original | Leer |


