Legislación › Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española.
Artículo 37. Asesoría Fiscal del Consejo General.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de marzo de 2013 y la del 4 de febrero de 2024.
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Artículo 37. Asesoría Fiscal del Consejo General.
La Asesoría Fiscal del Consejo General informará en materia presupuestaria, contable, de obligaciones mercantiles, fiscales, laborales y atenderá cuantas consultas se le formulen por los colegios acerca de la interpretación de disposiciones y normas en esta materia que les afecten.
La designación de la Asesoría Fiscal corresponde a la Junta Ejecutiva Permanente. Permanente, a propuesta del Secretario/a General del Consejo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de febrero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2044 | Leer | Qué cambió |
| 10 de marzo de 2013 | Texto original | Leer |


