Legislación › Ley 3/2013, de 4 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de La Rioja.
Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2. Ámbito territorial.
El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de La Rioja es el de la Comunidad Autónoma de La Rioja.


