Legislación › Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.
Artículo 38. Régimen disciplinario del personal laboral.
Artículo 38. Régimen disciplinario del personal laboral.
El personal laboral de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento queda sujeto al régimen disciplinario establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público y en las normas que lo desarrollen, así como en sus respectivos convenios colectivos.


