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Legislación › Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.

Artículo 38. Régimen disciplinario del personal laboral.

Artículo 38. Régimen disciplinario del personal laboral.

El personal laboral de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento queda sujeto al régimen disciplinario establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público y en las normas que lo desarrollen, así como en sus respectivos convenios colectivos.

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