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Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.

En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 11 de abril de 2013 · Último cambio el 25 de enero de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Concepto y funciones.
  6. Artículo 3. Principios de actuación.
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 4. Competencias.
  9. Artículo 5. Configuración jurídica y prestación asociada del servicio.
  10. CAPÍTULO III
  11. Artículo 6. Personal operativo.
  12. Artículo 7. Bomberos voluntarios.
  13. Artículo 8. Personal de empresa.
  14. Artículo 9. Condición de agente de autoridad.
  15. Artículo 10. Colaboración ciudadana.
  16. TÍTULO II
  17. CAPÍTULO I
  18. Artículo 11. Coordinación.
  19. Artículo 12. Órganos.
  20. Artículo 13. Funciones de coordinación.
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 14. Concepto y naturaleza.
  23. Artículo 15. Composición.
  24. Artículo 16. Funciones.
  25. CAPÍTULO III
  26. Artículo 17. Concepto y funciones.
  27. CAPÍTULO IV
  28. Artículo 18. Uniformidad.
  29. Artículo 19. Identificación.
  30. TÍTULO III
  31. CAPÍTULO I
  32. Artículo 20. Criterios de organización territorial.
  33. CAPÍTULO II
  34. Artículo 21. Organización.
  35. Artículo 22. Funciones por cuerpos.
  36. Artículo 23. Jefatura del Servicio.
  37. TÍTULO IV
  38. Artículo 24. Formación profesional de los bomberos.
  39. Artículo 25. Concepto y finalidad de la Academia Aragonesa de Bomberos.
  40. Artículo 26. Organización.
  41. Artículo 27. Funciones.
  42. TÍTULO V
  43. CAPÍTULO I
  44. Artículo 28. Derechos.
  45. Artículo 29. Deberes.
  46. CAPÍTULO II
  47. Artículo 30. Seguros.
  48. Artículo 31. Defensa y asistencia jurídica.
  49. Artículo 32. Prevención de riesgos laborales.
  50. CAPÍTULO III
  51. Artículo 33. Premios y distinciones.
  52. TÍTULO VI
  53. Artículo 34. Competencias sancionadoras.
  54. Artículo 35. Procedimiento disciplinario.
  55. Artículo 36. Medidas provisionales.
  56. Artículo 37. Responsabilidad.
  57. Artículo 38. Régimen disciplinario del personal laboral.
  58. Artículo 39. Régimen disciplinario del personal funcionario.
  59. Artículo 40. Faltas muy graves.
  60. Artículo 41. Faltas graves.
  61. Artículo 42. Faltas leves.
  62. Artículo 43. Sanciones.
  63. Artículo 44. Graduación.
  64. TÍTULO VII
  65. Artículo 45. Recursos de financiación.
  66. Disposición adicional primera. Criterios de organización territorial.
  67. Disposición adicional segunda. Competencia en incendios forestales.
  68. Disposición adicional tercera. Creación de la Academia Aragonesa de Bomberos.
  69. Disposición adicional cuarta. Cursos impartidos por las Escuelas de Bomberos del Ayuntamiento de Zaragoza y de la Diputación Provincial de Zaragoza.
  70. Disposición adicional quinta. Organización autonómica en materia de prevención, extinción de incendios y salvamento de Aragón.
  71. Disposición adicional sexta. Ingresos tributarios.
  72. Disposición adicional séptima. Clasificación y acceso a los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
  73. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
  74. Disposición transitoria segunda. Integración del personal de las entidades locales en los consorcios u otras entidades asociativas gestores de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
  75. Disposición derogatoria única. Derogación expresa.
  76. Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  77. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  78. [firma]