Legislación › Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
Los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón adaptarán sus reglamentos internos, así como su estructura, organización y funcionamiento a las prescripciones de esta ley en el plazo máximo de un año contado a partir de su entrada en vigor.
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