Legislación › Ley 7/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2013.
Artículo 14. Suspensión en el procedimiento de tasación pericial contradictoria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 1 de enero de 2014.
Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 14. Suspensión en el procedimiento de tasación pericial contradictoria.
La presentación de la solicitud de tasación pericial contradictoria o la reserva del derecho a promoverla, en caso de notificación conjunta de los valores y de las liquidaciones que los hayan tenido en cuenta, determinará la suspensión del ingreso de las liquidaciones practicadas y de los plazos de reclamación contra las mismas. (Derogado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-404 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | Texto original | Leer |


