Legislación › Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir.
Artículo 11. Condiciones para las nuevas modificaciones o alteraciones.
Artículo 11. Condiciones para las nuevas modificaciones o alteraciones.
1. Durante el período de vigencia de este Plan Hidrológico podrán admitirse nuevas modificaciones de las características físicas de una masa de agua superficial o alteraciones del nivel de las masas de agua subterránea, aún cuando se produjera el deterioro del estado de una masa de agua o incluso la no consecución del buen estado o, en su caso, buen potencial, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 4.7 de la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas; así como en el artículo 39 del Reglamento de Planificación Hidrológica.
2. Con fundamento en lo expuesto en el apartado anterior, se prevé la modificación de las características físicas de las masas recogidas en el Cuadro C.11.1:
Cuadro C.11.1 Masas de agua donde se prevé la modificación de las características físicas
|
Código masa |
Nombre masa |
Observación |
|
ES0511012034 |
Ríos Salobre y Angonilla. |
Afectada por el futuro embalse de la presa de Zapateros actualmente en construcción. |
|
ES0511009047 |
Río Guadalimar hasta el río Guadalmena. |
Afectada por el futuro embalse de la presa de Siles actualmente en construcción. |
3. Atendiendo a las actuaciones contenidas en el Anexo II de Ley 10/2001, de 5 de julio, la Ley del Plan Hidrológico Nacional, y en el Programa de Medidas de este Plan, desarrollado en el Apéndice 9 de la Memoria y cuyo resumen figura en el Capítulo 10, y en virtud de la normativa indicada en el primer apartado y de la legislación aplicable en materia de protección del medio ambiente, las masas de agua recogidas los cuadros C.11.2 y C.11.3 podrían sufrir modificaciones de sus características físicas debidas a las siguientes actuaciones siempre que sean técnicas, económicas y medioambientalmente factibles:
Cuadro C.11.2 Masas de agua que podrían sufrir modificaciones por la aplicación de medidas del Plan Hidrológico Nacional (Ley 10/2001)
|
Código masa |
Nombre masa |
Observación |
|
ES0511100076 |
Río Genil aguas abajo de la presa de Cordobilla. |
Afectada por el futuro embalse de la presa de San Calixto prevista en el Programa de Medidas. |
|
ES0511009046 |
Río Fardes aguas abajo del río Guadix hasta el río Guadiana Menor. |
Regulación en cabecera del río Gor afectado por la margen derecha. |
|
ES0511012014 |
Tramo Alto río Guadahortuna. |
Regulación de caudales. |
|
ES0511052520 |
Río Frailes y Afluentes. |
Regulación de caudales. |
|
ES0511006009 |
Sietearroyos. |
Regulación de caudales. |
|
ES0511009019 |
Río Guadalbullón hasta Los Infantes. |
Regulación en cabecera ríos Eliche. Laminación de avenidas y regulación de caudales. |
|
ES0511009058 |
Tramo alto del río Genil y tramos bajos de los río Darro y Dilar. |
Afectada en caso de desarrollarse la Unión de los cauces de los barrancos situados en la zona norte de Granada en el río Genil. |
|
ES0511100111 |
Río Guadalquivir aguas abajo de la presa de Villafranca hasta el río Guadajoz. |
Afectada en caso de desarrollarse la Remodelación del río Guadalquivir a su paso por Córdoba. Fase II. |
|
ES0511011002 |
Río Monachil. |
Afectada en caso de desarrollarse el Encauzamiento y Acondicionamiento del márgenes del río Monachil entre Monachil y Granada. |
|
ES0511009059 |
Arroyo del Salado. |
Afectada en caso de desarrollarse el Encauzamiento del Arroyo Salado en la Vega de Santa Fe. |
|
ES0511100082 |
Río Guadalimar desde la presa de Giribaile hasta el arroyo Fuente Álamo. |
Afectada en caso de desarrollarse el Encauzamiento de Guadalimar afectado por la presa de Giribaile. |
|
ES0511016002 |
Río Genil aguas abajo del río Cubillas hasta el embalse de Iznájar. |
Afectada en caso de desarrollarse el Encauzamiento del río Genil a su paso por Villanueva de Mesía. |
|
ES0511009014 |
Arroyo de Burriana. |
Afectada en caso de desarrollarse el Encauzamiento del arroyo Burriana en la desembocadura en el Genil. |
|
ES0511100112 |
Río Quiebrajano. |
Afectada en caso de desarrollarse la Presa de laminación en confluencia del Eliche y Quiebrajano. |
|
ES0511009058 |
Tramo alto del río Genil y tramos bajos de los ríos Darro y Dilar. |
Afectada en caso de desarrollarse el Acondiciona-miento de los río Genil y Cubillas en la Vega de Granada. |
|
ES0511009024 |
Río Cubillas aguas abajo del río Frailes. |
|
|
ES0511012019 |
Tramo Alto del río Darro. |
Laminación de avenidas. |
Cuadro C.11.3 Masas de agua que podrían sufrir modificaciones por la aplicación del programa de medidas
|
Código masa |
Nombre masa |
Observación |
|
ES0511008066 |
Cabecera del río Guadalén. |
Afectadas por el futuro embalse de la presa de Castillo de Montizón prevista en el Programa de Medidas. |
|
ES0511008083 |
Ríos Guadalén aguas arriba del río Dañador y río La Manta. |
|
|
ES0511011005 |
Río Guadix y afluentes. |
Encauzamiento de la Rambla de Baza en Guadix. |
|
ES0511100083 |
Río Guadiana Menor aguas abajo del río Fardes. |
Regulación de excedentes de los embalses de Francisco Abellán y Negratín. |
4. Las características físicas de las masas de agua de transición referidas en el Cuadro C.11.4 podrán verse modificadas, si se cumplen las condiciones necesarias para su realización, por los dragados del canal de navegación del Puerto de Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores.
Cuadro C.11.4 Masas de agua que podrían modificarse por la realización del dragado de navegación del Puerto de Sevilla
|
Código masa |
Nombre masa |
Observación |
|
ES0513213009 |
Cortas de la Isleta, Merlina, Punta del Verde y Vega de Triana. |
Dragados del canal de navegación del Puerto de Sevilla. |
|
ES0513213007 |
Cortas de los Jerónimos, Los Olivillos y Fernandina. |
|
|
ES0513213006 |
La Mata - La Horcada. |
|
|
ES0513213005 |
La Esparraguera - Tarfia. |
|
|
ES0513213004 |
Desembocadura Guadalquivir - Bonanza. |


