Legislación › Ley Foral 14/2013, de 17 de abril, de Medidas contra el fraude fiscal.
Artículo sexto. Comisión de trabajo permanente de seguimiento y evaluación de la lucha contra el fraude y la economía sumergida.
Artículo sexto. Comisión de trabajo permanente de seguimiento y evaluación de la lucha contra el fraude y la economía sumergida.
En el plazo de tres meses tras la aprobación de esta Ley Foral se creará una Comisión de trabajo permanente de seguimiento y evaluación de la lucha contra el fraude y la economía sumergida compuesta por una representación del Gobierno de Navarra, un representante de cada Grupo Parlamentario y los representantes de cuando menos, las cuatro formaciones sindicales de mayor implantación en Navarra y de otras entidades socioeconómicas, al objeto de analizar las actuaciones de este ámbito, plantear propuestas y realizar un seguimiento de los planes de actuación y de las medidas diseñadas para luchar contra el fraude fiscal.
Dicha Comisión Permanente se reunirá, como mínimo, con carácter trimestral.


