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Ley Foral 14/2013, de 17 de abril, de Medidas contra el fraude fiscal.

En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 29 de mayo de 2013 · Último cambio el 31 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo primero. Ley Foral General Tributaria.
  3. Artículo segundo. Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
  4. Artículo tercero. Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  5. Artículo cuarto. Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.
  6. Artículo quinto. Se modifican los siguientes artículos de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del Régimen tributario de las Fundaciones y de las actividades de patrocinio.
  7. Artículo sexto. Comisión de trabajo permanente de seguimiento y evaluación de la lucha contra el fraude y la economía sumergida.
  8. Artículo séptimo. Mayoría necesaria para la aprobación de medidas que impliquen una amnistía fiscal.
  9. Disposición adicional primera. Modificación del párrafo primero del apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley Foral 21/2012, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
  10. Disposición adicional segunda. Modificación de la fecha a partir de la cual tendrá efectos el artículo 3, apartado Cuatro, de la Ley Foral 21/2012, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
  11. Disposición adicional tercera. Modificación de la tabla de coeficientes de actualización contenidos en el apartado 5 de la disposición adicional primera de la Ley Foral 21/2012, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
  12. Disposición adicional cuarta. Oferta de empleo público.
  13. Disposición adicional quinta. Concienciación y educación en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  14. Disposición adicional sexta. Plan de lucha contra el fraude fiscal.
  15. Disposición adicional séptima. Programa general de comprobación.
  16. Disposición transitoria única. Régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para los periodos impositivos correspondientes al año 2014. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
  17. Disposición final única. Entrada en vigor.
  18. [firma]