Legislación › Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
Artículo 55. Medidas para garantizar la accesibilidad en el entorno.
Artículo 55. Medidas para garantizar la accesibilidad en el entorno.
1. Las Administraciones Públicas de Castilla y León y los entes privados afectados por las disposiciones de este Capítulo, adoptarán las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad universal en edificios, establecimientos e instalaciones de concurrencia pública, instrumentos de ordenación del territorio, planes urbanísticos y proyectos de urbanización.
2. A tal fin, las Administraciones Públicas de Castilla y León promoverán la formación específica de los profesionales que intervienen en las distintas áreas referidas en el apartado anterior.


