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Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 6 de junio de 2013 · Último cambio el 19 de febrero de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios rectores.
- Artículo 5. Corresponsabilidad y colaboración.
- TÍTULO I
- Artículo 6. Garantía de los derechos de las personas con discapacidad.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 7. Medidas para la igualdad de oportunidades.
- Artículo 8. Medidas contra la discriminación.
- Artículo 9. Ajustes razonables.
- Artículo 10. Medidas de acción positiva.
- Artículo 11. Medidas de sensibilización, promoción y formación.
- Artículo 12. Medidas de fomento de la participación.
- Artículo 13. Medidas de promoción de la autonomía personal.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 14. Promoción de la salud y prevención de la discapacidad.
- Artículo 15. Detección de situaciones que comportan discapacidades y riesgo de discapacidad. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- Artículo 16. Asistencia sanitaria.
- Artículo 17. Atención integrada de carácter social y sanitario.
- Sección 2
- Artículo 18. Objetivos y Finalidad.
- Artículo 19. Medidas que se han de adoptar por las Administraciones Públicas. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- Artículo 20. Medidas que se han de adoptar en los centros educativos.
- Artículo 21. Orientación sociolaboral.
- Artículo 22. Coordinación entre los ámbitos educativo, laboral y social.
- Artículo 23. Fomento de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
- Artículo 24. Enseñanzas de formación profesional.
- Artículo 25. Estudios universitarios.
- Sección 3
- Artículo 26. Objetivos y finalidad.
- Artículo 27. Medidas del sector público.
- Artículo 28. Medidas del sector privado.
- Artículo 29. Planes de igualdad para las personas con discapacidad en las empresas.
- Artículo 30. Salud y seguridad en el trabajo.
- Artículo 31. Actuaciones de apoyo a la integración laboral.
- Artículo 32. Orientación, formación y apoyo para el empleo.
- Sección 4
- Artículo 33. Objetivos y finalidad.
- Artículo 34. Medidas de las Administraciones Públicas.
- Artículo 35. Atención temprana.
- Artículo 36. Apoyo a las familias y personas cuidadoras.
- Artículo 37. Apoyo a las personas con discapacidades sobrevenidas.
- Artículo 38. Atención a las necesidades propias del ciclo vital.
- Artículo 39. El asistente personal.
- Artículo 40. Prestaciones materiales y productos de apoyo.
- Artículo 41. Información y orientación.
- Sección 5
- Artículo 42. Acceso a la oferta cultural.
- Artículo 43. Actividades deportivas.
- Artículo 44. Oferta turística y de ocio.
- Artículo 45. Acceso y disfrute de la naturaleza y educación medioambiental.
- Sección 6
- Artículo 46. Fiscalidad.
- Artículo 47. Ayudas públicas.
- Artículo 48. Régimen de contratación pública.
- CAPÍTULO III
- Artículo 49. Medidas de defensa y protección.
- Artículo 50. Arbitraje.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 51. Medidas de sensibilización y formación.
- Artículo 52. Medios de comunicación social.
- CAPÍTULO V
- Artículo 53. Habilitación y promoción de la autonomía personal.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 54. Finalidad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 55. Medidas para garantizar la accesibilidad en el entorno.
- Artículo 56. Animales de asistencia y animales de terapia.
- Artículo 57. Aparcamientos reservados.
- CAPÍTULO III
- Artículo 58. Medidas para garantizar la accesibilidad.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 59. Medidas para garantizar la accesibilidad en el transporte.
- CAPÍTULO V
- Artículo 60. Objeto y Finalidad.
- Artículo 61. Apoyos a la comunicación y comprensión de las personas con discapacidad.
- Artículo 62. Medios audiovisuales. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- CAPÍTULO VI
- Artículo 63. Acceso a otros bienes y servicios a disposición del público.
- Artículo 64. Relaciones con la Administración.
- TÍTULO IV
- Artículo 65. Participación en la iniciativa social.
- Artículo 66. Órganos de participación y seguimiento. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- Artículo 67. Participación de la iniciativa privada.
- TÍTULO V
- Artículo 68. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades. 3 redacciones · cambió el 19/02/2024
- Artículo 69. Plan Estadístico.
- Artículo 70. Informe sobre actuaciones realizadas. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- Artículo 71. Informe de impacto de discapacidad.
- Artículo 72. Estudios, innovación e investigaciones en discapacidad.
- TÍTULO VI
- Artículo 73. Disposiciones generales.
- Artículo 74. Sanciones. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- Artículo 75. Órganos competentes.
- Disposición adicional primera. Sistema arbitral.
- Disposición adicional segunda. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad.
- Disposición adicional tercera. Programa de Comunicación. 2 redacciones · cambió el 19/02/2024
- Disposición adicional cuarta. Programa de Nuevas Tecnologías. 2 redacciones · cambió el 19/02/2024
- Disposición adicional quinta. Representación y Defensa ante los Tribunales.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
- Disposición final segunda. Adaptación normativa.
- Disposición final tercera. Desarrollo de la normativa sobre condiciones de utilización de animales de asistencia.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


