Legislación › Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
Artículo 75. Órganos competentes.
Artículo 75. Órganos competentes.
1. El órgano competente para iniciar el procedimiento será el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León.
2. Será órgano competente para imponer las sanciones previstas en este Título:
a) El Gerente de Servicios Sociales, cuando se trate de sanciones por la comisión de infracciones leves o graves.
b) El titular de la Consejería competente en materia de igualdad de oportunidades, cuando se trate de sanciones por la comisión de infracciones muy graves.


